Santiago, 23 de enero de 2020 (Prensa Fundación Memoria Histórica) La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro Juan Cristóbal Mera, conocido por fallar a favor de aplicar la Ley de Amnistía a violadores de derechos humanos, rechazó el recurso de protección (rol 79.183-2019) interpuesto por el abogado Luis Mariano Rendón contra el Ministro de Defensa, Alberto Espina y contra el Comandante en Jefe de la Armada, Julio Leiva, quienes se negaron a retirar la estatua de Toribio Merino del Museo Marítimo en Valparaíso.
El fondo del fallo de la Octava Sala está contenido en su considerando decimocuarto, que señala “Que las normas constitucionales, internacionales y legales que el actor cita como violadas con la mantención de la estatua pasan por efectuar un juicio de reproche a la función política que José Toribio Merino Castro tuvo en el pasado nacional lo que se cruza con la función que también desempeñó al mando de la Armada de Chile. De esta forma para quien recurre se trata de una persona que formó parte de una cúpula que tomó el control del país en 1973 e impulsó una política sistemática de violaciones a los derechos humanos y, para la Armada, fue su Comandante en Jefe hasta el 8 de marzo de 1990, oportunidad en que se acogió a retiro sin que haya sido nunca condenado por algún delito que en su concepto impida efectuarle un reconocimiento por la institución a la que perteneció y dentro de un recinto militar que se encuentra a su cargo. Así, se concuerda entonces con el informe del Consejo de Defensa del Estado cuando concluye –citando a su vez el informe de Contraloría que la decisión de mantener la estatua del señor Merino es finalmente una cuestión de mérito que queda entregada a la Administración, y siendo así escapa al control jurisdiccional que corresponde efectuar en este tipo de acciones”.
El abogado Rendón señaló, acerca del fallo, que considera lamentable que para los ministros de la sala juzgadora, la responsabilidad de Merino en los crímenes de lesa humanidad cometidos por la Armada sea un tema opinable. “Particularmente grave es que los ministros den legitimidad al argumento de la Armada, en el sentido que no puede haber reproche sobre Merino, pues nunca fue condenado por delito alguno. De acuerdo a ese criterio, Hitler o Stalin no podrían tampoco ser objeto de reproche por los crímenes cometidos bajo su mando político y militar, porque tampoco fueron nunca condenados por un tribunal. Si ni Merino, ni Hitler, ni Stalin, fueron nunca condenados, fue sencillamente porque dejaron de existir antes de que hubiesen tribunales capaces de juzgarlos. Si Merino no fue condenado, no fue por su inocencia; fue gracias a la violencia ejercida por la misma Armada, que hizo que no hubiesen jueces en Chile con el suficiente valor para juzgarlo”.
Rendón anunció que preparará un recurso de apelación para ante la Corte Suprema para buscar revocar la sentencia de la Octava Sala.
Manuel Zúñiga, Director de Fundación Memoria Histórica, entidad que busca la eliminación de todos los homenajes a la dictadura y que apoya este recurso, indicó por su parte que la Armada es la rama que ha mostrado mayor desparpajo en materia de homenajes a los cabecillas golpistas. «Incluso el Ejército, el año pasado, entendió que al menos debía eliminar el homenaje que le efectuaba a Pinochet dándole su nombre a la Biblioteca de la Academia de Guerra. La Armada en cambio, muestra un total desprecio por la memoria de las víctimas del mando que ejerció Merino.
Seguiremos apoyando la eliminación de este homenaje oprobioso para la vigencia de los derechos humanos en Chile y que viola el principio de no repetición. Esperamos un mejor criterio de la Corte Suprema», concluyó.***FIN***